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Se reactiva proyecto que sanciona usurpaciones de predios y propiedades: acuerdan pena de cárcel y flagrancia extendida

La privación de libertad será tanto para las usurpaciones violentas como no violentas y la flagrancia será aplicable mientras dure la ocupación ilegal, a diferencia del límite actual de 12 horas.

Por: Rodolfo Carrasco | Publicado: Viernes 13 de enero de 2023 a las 10:18 hrs.
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Foto: Agencia UNO
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La comisión de Seguridad Ciudadana del Senado retomará la próxima semana la discusión del proyecto que sanciona el delito de usurpación de predios y propiedades, el cual pasaría a denominarse "ocupación ilegal de terrenos".

Esto, luego que los parlamentarios alcanzaran un acuerdo sobre la penalidad y duración de la flagrancia, de la norma que cumple su primer trámite constitucional y que ya fue aprobado en general en dicha comisión.  

Cabe recordar que en noviembre el Presidente de la República, Gabriel Boric, en su viaje a La Araucanía encomendó a los senadores que representan a esa zona, Jaime Quintana (PPD) y José García (RN), destrabar la discusión de la norma y alcanzar un acuerdo.

El senador García detalla en qué consiste el acuerdo y adelanta que las indicaciones del Ejecutivo serán ingresadas en los próximos días.

- ¿En qué consiste el acuerdo para sancionar las usurpaciones?

- Hemos acordado que en lo central habrá pena de cárcel para usurpación violenta como no violenta, y además declara la usurpación como un delito de carácter permanente, de tal forma de permitir que mientras se mantenga la situación de ocupación de una propiedad o predio, Carabineros pueda intervenir para restituir a sus dueños el inmueble.

- ¿Cuándo se presentan las indicaciones?

- El Ejecutivo había quedado de presentar las indicaciones este lunes, pero debido a la situación generada el fin de semana (la polémica por los indultos y rla enuncia de la exministra de Justicia) el Ministerio del Interior solicitó más plazo.

Esperamos que ingresen lo más pronto posible para que la comisión de Seguridad del Senado ojalá lo pueda despachar durante el mes de enero a la Sala y pueda ir a la Cámara de Diputados para cumplir el segundo trámite.

- ¿Por qué es importante este proyecto?

- Es un proyecto que moderniza nuestra legislación de usurpaciones. Las normas actuales tienen más de 147 años, están completamente desactualizadas y el delito de usurpación se está presentando con mucha fuerza a lo largo del país. Este no es un tema solo de la zona sur, es de todo el país y, por lo tanto, los análisis respecto de delitos nos están mostrando cómo es muy reiterativo y por eso se requiere una actualización de las leyes para poder persuadir que no se recurra a la usurpación para hacerse inmuebles y predios agrícolas y de propiedades en general.

- ¿La usurpación conlleva la materialización de otros delitos?

- Efectivamente, los análisis criminalísticos revelan que la usurpación muchas veces es un delito que va acompañado de muchos otros, como el robo de madera, donde lo primero que ocurre es la usurpación, porque llegan los grupos, se instalan en un predio, comienzan a talar, y luego vender ilegalmente. De tal manera que sancionando debidamente y entregándole a los jueces y al Ministerio Público instrumentos jurídicos adecuados para perseguir este delito, vamos a poder persuadir para que no sucedan y cuando ocurran se pueda sancionar.

- ¿Cuál era el nudo que se logró destrabar para retomar la discusión de la norma?

- Había mucha aprehensión de que esto fuera solo un instrumento para la macrozona sur y estuviera muy focalizado en los temas de violencia que tenemos en esa zona, pero se fue comprendiendo que la usurpación es un fenómeno extendido en el país, del cual el propio Estado ha sido víctima porque muchos predios son fiscales. Las estadísticas señalan que el 22% de las denuncias de usurpación las realizan organismos públicos.

- ¿Cómo se compatibiliza este proyecto con las demandas de algunas comunidades que han usurpado para la restitución de sus tierras?

- Nosotros tenemos hoy en la Ley Indígena normas especiales para que cuando hay desmedro de tierras respecto de los títulos de merced, se recurre a la Conadi y se logra un certificado que establece que hay desmedro de tierras y se procede a que la Conadi junto a las comunidades busquen terrenos adecuados, compre y se compense. Es decir, hay un procedimiento que hay que respetar, ese es el camino institucional para recuperar lo que han perdido.

Las indicaciones claves:

Pena de cárcel:

- “Al que con violencia o intimidación en las personas ocupare una cosa inmueble o usurpare un derecho real que otro poseyere o tuviere legítimamente, y al que, hecha la ocupación en ausencia del legítimo poseedor o tenedor, vuelto éste le repeliere, además de las penas en que incurra por la violencia que causare, se le aplicará una pena de presidio menor en su grado mínimo y una multa de once a veinte unidades tributarias mensuales”.

- “Cuando el hecho se llevare a efecto sin violencia o intimidación en las personas, la pena será de prisión en cualquiera de sus grados y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.”

Flagrancia extendida:

-“También podrá detenerse al imputado que estuviere cometiendo alguno de los delitos de usurpación para cuyos efectos se entenderá que existe situación de flagrancia en tanto permanezca en el inmueble usurpado u ocupado”. Así, se elimina el límite de 12 horas que existe actualmente.

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